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Artículo 26 de la Ley 7.144 · Crea el consejo superior de defensa nacional

Crea el consejo superior de defensa nacional

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25442 / 8756574.

Texto oficial

Art. 26. La presente ley regirá desde la fecha de su publicación en el "Diario Oficial" y desde la misma fecha quedarán derogadas las leyes reservadas N.° 6,159 y 6,160, ambas del 18 de enero de 1938. El saldo no comprometido del producto de las leyes mencionadas en el inciso anterior a la fecha de la vigencia de la presente ley, pasará a incrementar el fondo especial que crea el artículo 5.°.