Texto oficial
Artículo 2.o Las disposiciones sobre aplicación a fines especiales de determinados ingresos o partes del rendimiento de la Ley sobre Impuesto a la Renta, no regirán respecto de las mayores entradas que dicha ley produzca a consecuencia de las reformas de que trata el artículo precedente.
Dichas mayores entradas incrementarán los recursos generales de la Nación.