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Artículo 1 de la Ley 5.653

Declara de utilidad publica y autoriza la expropiacion a favor de la municipalidad de san fernando de las fuentes termo-minerales denominadas vegas del flaco.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 254454 / 8374605.

Texto oficial

Artículo 1.o Decláranse de utilidad pública y autorízase la expropiación a favor de la Municipalidad de San Fernando de las fuentes termominerales denominadas "Vegas del Flaco", ubicadas en la cuenca del río Tinguiririca, del departamento de San Fernando de la provincia de Colchagua, y de los terrenos colindantes hasta una superficie de mil hectáreas en la ribera norte y quinientas en la ribera sur, con los siguientes deslindes: Ribera norte del río: al Oriente, con la Quebrada Sin Nombre; al Sur, con el río Tinguiririca; al Poniente, con la Quebrada del Guanaquillo; y al Norte, hasta completar mil hectáreas; Ribera sur del río: al Oriente, con el arroyo "Lo Herera"; al Norte, con el río Tinguiririca; al Poniente, con el Puente de Piedra, en dirección a la Gruta; y al Sur, hasta cubrir quinientas hectáreas.