Saltar al contenido

Artículo 36 de la Ley 7.200

Otorga facultades extraordinarias al ejecutivo para dictar disposiciones de caracter administrativo, economico y financiero

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25457 / 9042753.

Texto oficial

Art. 36. Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley N°. 6,640, de 10 de enero de 1941: a) En el artículo 4.°, reemplázanse los incisos que se indican de los números que se expresan: El inciso 3.° del N.° 4.°, por el siguiente: "Estos préstamos devengarán un interés del dos por ciento (2%) y tendrán una amortización acumulativa de dos por ciento (2%) anuales. El servicio de estos préstamos comenzará a efectuarse a partir de tres años contados desde la fecha en que se concede al solicitante el primer estado de pago. Durante este lapso el préstamo no devengará intereses de capital y amortización". El inciso 2.° del N.° 5.°, por el siguiente: "Estos préstamos se harán por intermedio de la Caja de Crédito Agrario; del Instituto de Crédito Industrial y de la Caja Nacional de Ahorros, según corresponda: ganarán un interés del tres por ciento (3%) anual y tendrán las amortizaciones que el Consejo fije en cada caso. El interés y la amortización se empezarán a cobrar a partir del segundo año de otorgados los préstamos, no devengando intereses de capital y amortización durante dicho lapso". Las modificaciones a que se refieren los incisos anteriores comprenden también a los préstamos otorgados desde la dictación de la ley N.° 6,334, de 18 de abril de 1939. b) Agrégase, a continuación del inciso 1.° del artículo 6.°, la siguiente frase: "y de los recursos a que se refiere el artículo 8.°". c) Reemplazáse el inciso 1.° del artículo 8.°, por el siguiente: "Art. 8.° Las instituciones mencionadas en el artículo anterior cobrarán y percibirán el servicio de los préstamos acordados por su intermedio y entregarán a la Corporación las sumas recaudadas".