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Artículo 3 de la Ley S/N · Ordenanza general de correos

Ordenanza general de correos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 254620 / 8843610.

Texto oficial

Art. 3.º Los administradores tienen a su cargo las oficinas de correos del punto en que residen, i ejercen en ellas las funciones propias del servicio. Los comisionados de estafeta son ajentes de los administradores mas inmediatos al lugar en que funcionan.