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Artículo 24 de la Ley S/N · Ordenanza general de correos

Ordenanza general de correos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 254620 / 8843631.

Texto oficial

Art. 24. El Director Jeneral deberá principiar su inspeccion por una visita a la caja i por un exámen de la contabilidad. Si hubiere falta en los fondos propios de la caja, pondrá la nota correspondiente en el libro de visita, sin permitir que se reintegre ántes de este acto, aun cuando el empleado esté dispuesto a efectuarlo.