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Artículo 90 de la Ley S/N · Ordenanza general de correos

Ordenanza general de correos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 254620 / 8843697.

Texto oficial

Art. 90. Después de practicar el cotejo de la guia con la correspondencia que a compaña, i de inutilizar las estampas que no lo estuvieren, se procederá sin mas demora a la distribución interior, que consistirá en separar la dirijida a la autoridad superior local, i en ordenar la del apartado, la que se reparte por carteros i la que se pone en lista. Concluida esta operacion se franqueará la oficina i principiará la entrega, cuidándose de hacerla con celeridad i a quienes corresponde.