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Artículo 109 de la Ley S/N · Ordenanza general de correos

Ordenanza general de correos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 254620 / 8843716.

Texto oficial

Art. 109. Las guias se guardarán ordenadas por las fechas en que se reciban, i con separacion de las que corresponden a cada oficina remitente. Son indispensables para comprobar las cuentas; en consecuencia, toda oficina cuidará de exijirlas de las administraciones que remitieren correspondencia, faltando a este deber.