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Artículo 123 de la Ley S/N · Ordenanza general de correos

Ordenanza general de correos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 254620 / 8843730.

Texto oficial

Art. 123. Los impresos i muestras deberán colocarse en las oficinas una hora ántes de la salida del correo que deba conducirlos. Después de ese tiempo se despacharán por el correo inmediato. La correspondencia impresa podrá jirar en balijas separadas de la que contenga la epistolar.