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Artículo 124 de la Ley S/N · Ordenanza general de correos

Ordenanza general de correos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 254620 / 8843731.

Texto oficial

Art. 124. Será prohibido abrir los paquetes de impresos llegados a una oficina de correos para su distribución. Solo la oficina en que se colocan para su remision cuidará de examinar si llevan el porte correspondiente i de multarlos en caso contrario, i aun de romper su cierro, si tuviere sospecha de fraude.