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Artículo 134 de la Ley S/N · Ordenanza general de correos

Ordenanza general de correos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 254620 / 8843741.

Texto oficial

Art. 134. La impresion de las estampas se hará en la oficina de la Direccion Jeneral, destinada a este objeto, a presencia del Director i del empleado fiscal que se designare. Del número de pliegos que se imprimiere cada dia hasta terminar la impresión, se levantará una diligencia i se firmará por uno i otro empleado, después de guardarse las planchas matrices.