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Artículo 27 de la Ley 7.280

Modifica las leyes n.os 6,020 y 7,064, que mejoran la situacion economica de los empleados particulares.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25471 / 8817678.

Texto oficial

Artículo 27. Substitúyese en el inciso segundo del artículo 53, la frase que dice: "en el plazo de 90 días, contados desde el 15 de Septiembre de 1941", por esta otra: "antes del 1.o de Enero de 1943". Agrégase al inciso tercero del mismo artículo, después de la frase: "Estos empleados...", lo siguiente:"...., y los profesionales que se hubieren acogido a la ley 5,923, de 23 de Septiembre de 1936".