Texto oficial
Artículo 5°.- La Administración de la Empresa adquirida para el Fisco y mejorada con arreglo a los artículos anteriores, quedará a cargo de la Dirección General de Servicios Eléctricos y con sus rentas se servirá el empréstito que se contrate con arreglo a la letra b) del artículo 4°.