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Artículo 4 de la Ley 7.288 · Aumenta los sueldos de los funcionarios del poder judicial que se indican

Aumenta los sueldos de los funcionarios del poder judicial que se indican

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25476 / 7171592.

Texto oficial

Artículo 4.o Se aumenta en uno por ciento la comisión que establece el artículo 1.o de la ley número 5,055. Este aumento será exclusivamente a beneficio fiscal y sin perjuicio del impuesto establecido en el inciso 2.o del artículo 12 de la ley número 6.836, de 26 de Febrero de 1941.