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Ley 7.304

Autoriza a la municipalidad de rio bueno contratar emprestito hasta por $ 800,000, a fin de atender a la adquisicion de un terreno y a la construccion de un edificio municipal; establece, para el servicio del emprestito, una contribucion adicional de un 1% sobre el avaluo de los bienes raices de la comuna.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 25491

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Artículos

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