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Artículo 1 de la Ley 7.305 · Autoriza a la municipalidad de purranque para contratar emprestito por $ 400,000

Autoriza a la municipalidad de purranque para contratar emprestito por $ 400,000

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25492 / 5963644.

Texto oficial

"Artículo 1°.- Autorízase a la Municipalidad de Purranque para contratar un empréstito que produzca hasta la cantidad de cuatrocientos mil pesos ($ 400,000) mediante la emisión de bonos que devenguen un siete por ciento de interés y un uno por ciento de amortización acumulativa anuales. Estos bonos no podrán colocarse a un precio inferior al ochenta y cinco por ciento de su valor nominal. Las correspondientes emisiones las hará la Tesorería General de la República a solicitud de la Municipalidad de Purranque y previos los respectivos acuerdos de esta Corporación.