Texto oficial
"Artículo 1°.- Autorízase a la Municipalidad de Purranque para contratar un empréstito que produzca hasta la cantidad de cuatrocientos mil pesos ($ 400,000) mediante la emisión de bonos que devenguen un siete por ciento de interés y un uno por ciento de amortización acumulativa anuales.
Estos bonos no podrán colocarse a un precio inferior al ochenta y cinco por ciento de su valor nominal. Las correspondientes emisiones las hará la Tesorería General de la República a solicitud de la Municipalidad de Purranque y previos los respectivos acuerdos de esta Corporación.