Saltar al contenido

Artículo 2 de la Ley 7.305 · Autoriza a la municipalidad de purranque para contratar emprestito por $ 400,000

Autoriza a la municipalidad de purranque para contratar emprestito por $ 400,000

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 25492 · idParte: 5963645

Texto oficial

Art. 2°.- El servicio de dichos bonos se hará por intermedio de la Caja de Amortización de la Deuda Pública con las entradas que produzca la contribución adicional del uno por mil sobre el avalúo de los bienes raíces de la comuna de Purranque.