Texto oficial
Artículo 2°.- Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial".
Libera de derechos de internacion, etc., las mercaderias que se indican destinadas al cuerpo de bomberos de castro
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25493 / 5963659.