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Artículo 10 de la Ley 7.315 · Autoriza a la municipalidad de chanco para contratar emprestito por $ 500,000

Autoriza a la municipalidad de chanco para contratar emprestito por $ 500,000

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 25500 · idParte: 5963694

Texto oficial

Artículo 10.- Autorízase al director general de Servicios Eléctricos para que, en representación del Fisco, firme los documentos necesarios para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ley.