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Artículo SEPTIMO de Auto Acordado S/N

Auto acordado sobre uso de documento y firma electronica por notarios, conservadores y archiveros judiciales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 255008 / 6588862.

Texto oficial

Séptimo: Las copias que consten en un documento electrónico expedido por el Notario autorizante del documento matriz no perderán su carácter, valor y efectos, por el hecho de su traslado a papel en la medida que dicho traslado lo efectúe el Notario, Conservador o Archivero Judicial al que se le hubieren remitido, quien firmará el documento haciendo constar su carácter y procedencia.