Saltar al contenido

Artículo 4 de la Ley 7.361 · Crea un segundo juzgado de letras de mayor cuantia con asiento en la ciudad de ovalle

Crea un segundo juzgado de letras de mayor cuantia con asiento en la ciudad de ovalle

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 25508 · idParte: 5963726

Texto oficial

Artículo 4°.- Los gastos que demande la instalación y funcionamiento del nuevo Juzgado se financiarán con fondos provenientes de la ley N° 7,145, de 31 de Diciembre de 1941.