Texto oficial
Artículo 7°.- La presente ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial".
Autoriza al presidente de la república para invertir hasta la suma de $ 2.200,000 en la celebracion de las fiestas del cuarto centenario de la ciudad de la serena
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25509 / 5963736.