Texto oficial
Artículo 5°.- Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial".
Autoriza al presidente de la república para invertir hasta la suma de $ 2.000,000 en la realizacion de las obras que se indican con motivo del bicentenario de la ciudad de curico
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25512 / 5963755.