Texto oficial
Artículo 3°.- Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial".
Autoriza al presidente de la república para invertir hasta la suma de $ 2.400,000 anuales, en construccion de un edificio, compra de terrenos y dotacion de los talleres de la escuela industrial de valdivia, liceo tecnico mixto de rio bueno y escuela vocacional de la union
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