Texto oficial
Artículo 7°.- Si una vez construido el monumento quedaren excedentes de las erogaciones recibidas, éstos serán destinados al fin señalado en el artículo precedente.
Autoriza la construccion de un monumento en memoria del artista roberto matta echaurren
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 255322 / 8374768.