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Artículo 10 del Decreto S/N

Ley del registro conservatorio de bienes raíces

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 255400 / 8721561.

Texto oficial

Art. 10. Las causas de implicancias o prohibiciones de actuar, establecidas por las leyes para los notarios, se extienden también a los Conservadores. Los reemplazos por ausencia o inhabilidad del conservador se regirán por el artículo 402 del Código Orgánico de Tribunales.