Texto oficial
Art. 24. Cada página del Repertorio se dividirá en
cinco columnas, destinadas a recibir las enunciaciones
siguientes:
1ª. El nombre y apellido de la persona que presenta el
título.
2ª. La naturaleza del acto o contrato que contenga la
inscripción que trata de hacerse.
3ª. La clase de inscripción que se pide; por ejemplo,
si es de dominio, hipoteca, etc.
4ª. La hora, día y mes de la presentación.
5ª. El Registro parcial en que, según el artículo
32, debe hacerse la inscripción, y el número que en él le
corresponde.