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Artículo 1 transitorio de la Ley 7.420

Fija sueldos y grados al personal de la direccion general de sanidad y de la direccion general de protección a la infancia y adolescencia

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25562 / 8829986.

Texto oficial

Artículos transitorios {ARTS 1-3} Artículo 1.o El cargo de Médico-Jefe, grado 6°, de la Oficina de Aguas Termo-Minerales de la Dirección General de Sanidad, tendrá el grado y renta de Jefe de Departamento, grado 2° de la presente ley.