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Artículo 55 del Código Orgánico de Tribunales

Código orgánico de tribunales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25563 / 9782974.

Texto oficial

Art. 55. El territorio jurisdiccional de las Cortes de Apelaciones será el siguiente: a) El de la Corte de Arica comprenderá la Decimoquinta Región de Arica y Parinacota; b) El de la Corte de Iquique comprenderá la Primera Región de Tarapacá; c) El de la Corte de Antofagasta comprenderá la Segunda Región de Antofagasta; d) El de la Corte de Copiapó comprenderá la Tercera Región de Atacama; e) El de la Corte de la Serena comprenderá la Cuarta Región de Coquimbo; f) El de la Corte de Valparaíso comprenderá la Quinta Región de Valparaíso; g) El de la Corte de Santiago comprenderá la parte de la Región Metropolitana de Santiago correspondiente a las provincias de Chacabuco y de Santiago, con exclusión de las comunas de Lo Espejo, San Miguel, San Joaquín, La Cisterna, San Ramón, La Granja, El Bosque, La Pintana y Pedro Aguirre Cerda; h) El de la Corte de San Miguel comprenderá la parte de la Región Metropolitana de Santiago correspondiente a las provincias de Cordillera, Maipo y Talagante; a la provincia de Melipilla; a las comunas de Lo Espejo, San Miguel, San Joaquín, La Cisterna, San Ramón, La Granja, El Bosque, La Pintana y Pedro Aguirre Cerda, de la provincia de Santiago; i) El de la Corte de Rancagua comprenderá la Sexta Región, del libertador General Bernardo O'Higgins; j) El de la Corte de Talca comprenderá el de la Séptima Región, del Maule; k) El de la Corte de Chillán comprenderá la Decimosexta Región, de Ñuble y la comuna de Tucapel, de la Provincia del Biobío de la Octava Región del Biobío; l) El de la Corte de Concepción comprenderá las provincias de Concepción, Arauco y Biobío, de la Región del Biobío, con excepción de la comuna de Tucapel; m) El de la Corte de Temuco comprenderá la Novena Región, de la Araucanía; n) El de la Corte de Valdivia comprenderá la Decimocuarta Región de Los Ríos, y la provincia de Osorno, de la Décima Región de Los Lagos; o) El de la Corte de Puerto Montt comprenderá las provincias de Llanquihue, Chiloé y Palena, de la Décima Región de Los Lagos; p) El de la Corte de Coihaique comprenderá la Décimo Primera Región de Aisén, del General Carlos Ibáñez del Campo, y q) El de la Corte de Punta Arenas comprenderá la Décimo Segunda Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.