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Artículo 434 del Código Orgánico de Tribunales

Código orgánico de tribunales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25563 / 9783400.

Texto oficial

Art. 434. Los protocolos y documentos protocolizados o agregados a los mismos, deberán guardarse en cajas de seguridad o bóvedas contra incendio.