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Artículo 32 del Código Orgánico de Tribunales

Código orgánico de tribunales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25563 / 9823683.

Texto oficial

Art. 32. En la Quinta Región, de Valparaíso, existirán los siguientes juzgados de letras que tendrán jurisdicción en los territorios que se indican: A.- JUZGADOS CIVILES: Cinco juzgados de letras en lo civil con asiento en la comuna de Valparaíso y competencia sobre las comunas de Valparaíso y Juan Fernández. Tres juzgados de letras en lo civil con asiento en la comuna de Viña del Mar y competencia sobre las comunas de Viña del Mar y Concón, los cuales tendrán la categoría de juzgados de asiento de Corte para todos los efectos legales. B.- JUZGADOS CON COMPETENCIA COMUN: Dos juzgados de letras con asiento en la comuna de Quilpué, con competencia sobre la misma comuna; Un juzgado de letras con asiento en la comuna de Villa Alemana, con dos jueces, con competencia sobre la misma comuna; Un juzgado de letras con asiento en la comuna de Casablanca, con competencia sobre las comunas de Casablanca, El Quisco y Algarrobo, de la Quinta Región y la comuna de Curacaví, de la Región Metropolitana; Un juzgado de letras con asiento en la comuna de La Ligua, con dos jueces, con competencia sobre las comunas de La Ligua, Cabildo, Zapallar y Papudo; Un juzgado de letras con asiento en la comuna de Petorca, con competencia sobre la misma comuna; Dos juzgados de letras con asiento en la comuna de Los Andes, con competencia sobre las comunas de la provincia de Los Andes; Un juzgado de letras con asiento en la comuna de San Felipe, con competencia sobre las comunas de San Felipe, Santa María, Panquehue, Llaillay y Catemu; Un juzgado de letras con asiento en la comuna de Putaendo, con competencia sobre la misma comuna; Dos juzgados de letras con asiento en la comuna de Quillota, con competencia sobre las comunas de Quillota y La Cruz; Un juzgado de letras con asiento en la comuna de Quintero, con tres jueces, con competencia sobre las comunas de Quintero y Puchuncaví; Un juzgado de letras con asiento en la comuna de Calera, con dos jueces, con competencia sobre las comunas de Calera, Nogales e Hijuelas; Un juzgado de letras con asiento en la comuna de Limache, con competencia sobre las comunas de Limache y Olmué; Dos juzgados de letras con asiento en la comuna de San Antonio, con competencia sobre las comunas de San Antonio, Cartagena, El Tabo y Santo Domingo, y Un juzgado de letras con asiento en Isla de Pascua, con competencia sobre la comuna de la provincia de Isla de Pascua.