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Artículo 2 de la Ley 7.427

Declara de utilidad publica y autoriza expropiar el inmueble de propiedad de don bernardino torres, signado con el numero 39, del rol de bienes raices de la comuna de nogales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25568 / 8278340.

Texto oficial

Artículo 2°.- Autorízase a la Municipalidad de la comuna de Nogales, a fin de expropiar para su dominio el inmueble declarado de utilidad pública en el artículo anterior, y que deberá destinar a la construcción de un Matadero de su propiedad.