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Artículo 1 de la Ley 7.547

Deroga el inciso 3.o del articulo 114 del código de mineria, y establece disposiciones relacionadas con pertenencias mineras

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 25591 · idParte: 5964873

Texto oficial

"Artículo 1.o Se deroga el inciso 3.o del artículo 114 del Código de Minería de 1932.