Texto oficial
Artículo 8° La presente ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial".
Modifica los códigos penal y de procedimiento penal, sanciona el delito de incendio, etc.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25605 / 7171681.