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Artículo 5 de la Ley 7.738

Dispone que los dueños de inmuebles hipotecados en favor de la corporacion de recostruccion tendran derecho a que se les rebaje el impuesto o contribucion correspondiente al saldo adeudado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25614 / 5964997.

Texto oficial

Artículo 5.° La presente ley regirá desde la fecha de de su publicación en el Diario Oficial".