Texto oficial
Artículo 23. Se faculta al Presidente de la República para fijar los precios de los artículos agropecuarios de producción nacional o importados, previo informe del Instituto de Economía Agrícola.
Consulta diversas disposiciones sobre estabilizacion de precios, utilidades, etc., y medidas de caracter economico y financiero (ley economica)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25620 / 7171730.