Dispone que las avenidas, calles, pasajes y plazas de las comunas de santiago, quinta normal, renca, conchali, providencia, las condes, ñuñoa y san miguel que se indican llevaran los nombres que expresan
Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25639 / 8830021.
Texto oficial
Artículo 3.° Derógase el decreto con fuerza de ley N.° 322, de 20 de Mayo de 1931; EL decreto ley N.° 588, de 8 de Septiembre de 1932; la ley N.° 4,300, de 9 de Febrero de 1928; N.° 4,301, de 9 de Febrero de 1928, y todas las disposiciones contrarias a la presente ley.