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Artículo 1 de la Ley 7.771 · Modifica la ley n.° 4,054, sobre seguro obligatorio

Modifica la ley n.° 4,054, sobre seguro obligatorio

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25643 / 7171765.

Texto oficial

Artículo 1.° Suprímese del inciso primero del artículo 1.° de la Ley 4,054, de Seguro Obligatorio, de Enfermedad e invalidez, modificada por la Ley número 5,937, la siguiente frase: "siempre que no exceda de doce mil pesos anuales".