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Artículo 1 de la Ley 7.798

Dispone que los bienes de la sociedad de socorros y protección mutua la cooperativa pasaran a la "sociedad de artesanos" de la serena

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25651 / 5965160.

Texto oficial

"Artículo 1.° Los bienes que pertenecieron a la Corporación denominada "Sociedad de Socorros y Protección Mutua La Cooperativa", de la Serena, cuya disolución fué autorízada por decreto supremo N.° 2,833, de 5 de Octubre de 1933, del Ministerio de Justicia, pasarán a la Sociedad de Artesanos" de La Serena.