Texto oficial
Artículo 5.o Queda exceptuado de las normas generales señaladas en el artículo 1.o de esta ley el personal docente, administrativo, directivo y de servicio, afecto al régimen de quinquenios dependiente del Ministerio de Educación, que tendrá las asignaciones mensuales que a continuación se indican:
1.o Empleados con sueldo base de $ 24,000 o más, con goce de 4 o más quinquenios, $ 775 mensuales;
2.o Empleados con sueldo base de $ 24,000 o más, con goce de 3 quinquenios, $ 750 mensuales;
3.o Empleados con sueldo base de $ 24,000 o más, con goce de 1 o 2 quinquenios, $ 675 mensuales;
4.o Empleados con sueldo base de $ 24,000 o más, sin goce de quinquenios, $ 600 mensuales, y
5.o Empleados con sueldo base inferior a $ 24,000 anuales, $ 500 mensuales.
El personal remunerado exclusivamente por horas de clase tendrá la asignación mensual que a continuación se indica:
1.o Empleados sin goce de quinquenios, $ 24 por cada hora de clase;
2.o Personal con goce de 1 o 2 quinquenios, $ 27 por cada hora de clase, y
3.o Personal con goce de 3 o más quinquenios, $ 30 por hora de clase.
El personal de este Ministerio que, además de desempeñar un cargo con sueldo fijo, haga horas de clases, recibirá la suma de las asignaciones que corresponda a ambas actividades; pero en ningún caso el total de asignaciones que perciba podrá exceder de $ 900 mensuales.
Los empleados que desempeñan, además de las labores diarias en las enseñanzas, funciones complementarias en enseñanza nocturna, recibirán por este último trabajo una asignación equivalente a la tercera parte de la que les corresponda por sus tareas diarias; pero la suma de ambas asignaciones no podrá exceder en ningún caso de $ 875 mensuales.
El resto del personal dependiente del Ministerio de Educación, de la Subsecretaría de las Direcciones Generales y el personal de Bibliotecas y Museos recibirá las asignaciones que le corresponda de acuerdo con las normas generales aplicables a todo el resto de la Administración Pública.
Lo dispuesto en este artículo no regirá para el personal de la Universidad de Chile.