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Artículo 7 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Fija nueva escala de sueldos mensuales para el personal de las fuerzas armadas y carabineros de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 256535 / 8843929.

Texto oficial

Artículo 7º.- Deróganse los incisos 3º y 4º del Art. 2º del D.F.L. Nº 3, de 1968, que determinaron la Bonificación Profesional mínima para determinados grados jerárquicos del personal de las Fuerzas Armadas y Carabineros de Chile.