Texto oficial
Artículo 1.o El plazo de tres años a que se refiere la disposición del artículo 10 no se aplicará a las acciones suscritas con anterioridad a la fecha en que comience a regir la presente ley.
Modifica la ley n.o 5,989, por la cual se constituyo la sociedad constructora de establecimientos educacionales
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25659 / 7171782.