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Artículo 2 de la Ley 7.826

Autoriza al presidente de la república para adquirir la propiedad situada en calle amunategui n.° 58, de esta capital

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25661 / 5965203.

Texto oficial

Artículo 2.° Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.