Texto oficial
Artículo segundo.- Modifícase el artículo 21 de la ley N.o 6,071, de 16 de Agosto de 1937, en la siguiente forma:
a) Substitúyese en el inciso 2.o la palabra:
"Municipalidad", por las siguientes: "Dirección de Obras Municipales";
b) Sustitúyanse en el inciso 3.o las palabras: "de la correspondiente declaración municipal", por las siguientes: "del correspondiente certificado que otorgará la Dirección de Obras Municipales respectiva."