Texto oficial
Artículo 2.° Autorízase, asimismo, al Presidente de la República, para transferir gratuitamente a la Parroquia de la ciudad de Lebu, el dominio del terreno fiscal en que se encuentra edificada la Iglesia, con una superficie de 714 metros cuadrados y que tiene los siguientes deslindes:
Al Norte, en 17 metros, con calle Bello; al Sur, con el Callejón de la Intendencia, que lo separa de los terrenos fiscales ocupados por el Cuartel de Carabineros; al Oeste, en 42 metros, con los terrenos fiscales que se transfieren en virtud del artículo anterior a la Municipalidad de Lebu, y al Este, con la calle Saavedra.