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Artículo 3 de la Ley 7.882

Amplia a $ 150.500,000 la autorizacion concedida a la municipalidad de santiago por el art. 9.° de la ley n.° 4,180

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25690 / 5965373.

Texto oficial

Artículo 3.° Esta Ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial".