Texto oficial
Artículo 5.° La presente ley empezará a regir a contar desde la fecha de su publicación en el "Diario Oficial".
Fija la tasa que se aplicara a libros impresos en chile que se depositen en el correo y el derecho de certificacion de impresos
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25697 / 8278410.