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Artículo 1 de la Ley 7.892

Autoriza expropiar terrenos de doña elena de dagnino, ubicados en san bernando, poblacion balmaceda

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25698 / 8278413.

Texto oficial

Artículo 1.° Declárase de utilidad pública y autorízase al Presidente de la República para expropiar el terreno de propiedad de la Sra. Elena de Dagnino, ubicado en la Población Balmaceda de la ciudad de San Bernardo y que deslinda en 84,60 metros con la calle San José, en 52,60 metros con la calle Bilbao y en 92,70 metros con la calle A. Dagnino, y que corresponde a la manzana 9 del plano de la ciudad, inscrito en el Rol de Avalúos bajo el número 1,390 y con un evalúo de $ 31,000.