Texto oficial
"Artículo 1º.- Declárase feriado el día 16 de julio de cada año, en que se celebra y honra a la Virgen del Carmen, en reemplazo del feriado correspondiente a Corpus Christi.
Declara feriado el dia 16 de julio de cada año, en que se celebra y honra a la virgen del carmen, en reemplazo del feriado correspondiente a corpus christi
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