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Artículo 2 de la Ley 20.148

Declara feriado el dia 16 de julio de cada año, en que se celebra y honra a la virgen del carmen, en reemplazo del feriado correspondiente a corpus christi

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 257080 / 8375076.

Texto oficial

Artículo 2°.- Suprímese en el artículo único de la ley Nº 19.668, la frase "y el día de la fiesta Corpus Christi,".".